El “sistema privado de patentes”
protegerá las semillas de Monsanto
Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales
La multinacional biotecnológica Monsanto basará la protección de la nueva semilla de soja utilizando “patentes privadas” pues la propiedad intelectual en Argentina prohíbe el patentamiento de plantas y semillas.
La compañía Monsanto redactó el borrador del proyecto de “ley de la semillas” que el Ministerio de Agricultura enviará al Ejecutivo para lograr comercializar la soja "Intacta RR2 Pro" tras presionar a funcionarios, entidades, investigadores y productores para que los nuevos desarrollos de semillas transgénicas sean aprobados finalmente en el Congreso.
La Ley de semillas n° 20.247, decreto reglamentario n° 2.183/91 y Convenio UPOV 1978 impiden que estas empresas limiten el acceso a las tecnologías (semillas) de los pequeños y medianos productores. Monsanto ha realizado innumerables acuerdos privados contrarios al marco legal argentino presionando con retirar las licencias tecnológicas, expresó Marcos Piña del Observatorio Sudamericano de Patentes.
El ministro de Agricultura argentino, Norberto Yauhar, adelantó la semana pasada en la presentación de la nueva soja de Monsanto que está “apurando” la aprobación en el Congreso de la nueva ley de Semillas. Yahuar fue parte de la presentación de la semilla "Intacta RR2 Pro", la nueva soja de la multinacional Monsanto, que fue aprobada por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).
La filtración del contenido del borrador devela que la nueva ley de semillas obligará a los agricultores a:
a) “Adquirir las semillas de soja con tecnología RR2Bt las personas jurídicas y o físicas que hallan optado por este sistema (acuerdo privado) y lo cumplan”.
b) “Comercializar el grano obtenido con aquellos exportadores o elevadores participantes del Sistema”.
c) “Utilizar las tecnologías RR2Bt o georeferenciar conjuntamente con Monsanto, los exportadores y elevadores del sistema los lotes del productor durante la siembra de la soja y las semillas a comercialización”.
d) “Pagar la tecnología en el momento de comprar la bolsa, al declarar el uso propio para la siembra o al comercializar el grano en el punto de entrega”. De no haberse abonado la regalía correspondiente con anterioridad al momento de entrega de los granos al exportador/elevador participante del sistema, el monto adeudado en tal concepto será percibido por dicho participante y remitido al proveedor.
Las modificaciones a la ley convalida una extensión de la propiedad intelectual mas allá de la función del evento en la semilla en si mismo, extendiéndose al control sobre la comercialización de lo producido violando la Ley de patentes argentina que declara no patentables a las variedades vegetales, plantas y semillas. Mediante la nueva ley se deroga además el uso propio gratuito de semillas.
“El uso propio gratuito de semillas es el reconocimiento milenario al aporte del desarrollo tecnológico (germoplasma) que han realizado”, dijo el experto argentino.” “La eliminación de este derecho adquirido sería inconstitucional” afirmó Piña. Syngenta, Dow Agrosciences y Nidera declararon acuerdos de investigación con Monsanto para desarrollar a toda velocidad variedades RR2Bt que estarán en el mercado en cuanto se autorice su comercialización y se apruebe la ley.
Fuente: http://olca.cl/articulo/nota.php?id=102318
No hay comentarios:
Publicar un comentario